{"id":1385,"date":"2026-10-26T15:32:59","date_gmt":"2026-10-26T15:32:59","guid":{"rendered":"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/?p=1385"},"modified":"2026-10-26T15:35:21","modified_gmt":"2026-10-26T15:35:21","slug":"desarmar-el-estigma-el-concurso-preventivo-como-salvavidas-empresarial-ab-federico-omar-masini","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/index.php\/desarmar-el-estigma-el-concurso-preventivo-como-salvavidas-empresarial-ab-federico-omar-masini\/","title":{"rendered":"Desarmar el estigma: el concurso preventivo como salvavidas empresarial.- Ab. Federico Omar Masini"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Reflexiones sobre la crisis de solvencia y la preservaci\u00f3n de la empresa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full is-resized\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"300\" height=\"300\" src=\"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/MASINI_Federico.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-1386\" style=\"width:217px;height:auto\" srcset=\"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/MASINI_Federico.jpg 300w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/MASINI_Federico-150x150.jpg 150w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><figcaption class=\"wp-element-caption\">Ab. Federico Omar Masini<br>Prof. Adjunto Derecho Concursal&nbsp;<\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En las facultades se habla mucho de c\u00f3mo hacer crecer una empresa: escalabilidad, valuaci\u00f3n de activos, estructura de capital, estrategias comerciales. Se habla bastante menos de qu\u00e9 hacer cuando la empresa deja de poder pagar. La crisis patrimonial aparece en las aulas, si aparece, como un tema inc\u00f3modo, casi como algo que les pasa a otros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Afuera de la facultad pasa algo parecido. \u201cConcurso preventivo\u201d y \u201cquiebra\u201d son palabras que en el mercado se dicen en voz baja. En los medios y en las charlas entre empresarios, presentarse en concurso se lee como sin\u00f3nimo de fracaso o, peor, como una maniobra para no pagarles a los acreedores. Ese prejuicio tiene un costo concreto: por miedo a admitir que hay problemas, los directivos postergan las decisiones de fondo hasta que ya no queda nada que salvar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El derecho concursal no naci\u00f3 para castigar ni para liquidar compa\u00f1\u00edas. La Ley 24.522 de Concursos y Quiebras (LCQ) es, ante todo, una herramienta para ordenar la crisis, repartir sus costos entre los acreedores de manera pareja y preservar lo que tiene valor: la empresa y, sobre todo, las fuentes de trabajo que dependen de ella.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Un freno de emergencia reglado por la ley<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ninguna empresa est\u00e1 a salvo de los vaivenes de la econom\u00eda. Una recesi\u00f3n larga, un salto del tipo de cambio, la p\u00e9rdida de un cliente importante o un cambio de reglas pueden dejar sin aire a una empresa que, en lo comercial, funciona. Cuando esa falta de aire deja de ser un mal momento y se convierte en un estado general y permanente, en el que el patrimonio ya no alcanza para pagar regularmente las deudas a medida que vencen, hablamos de cesaci\u00f3n de pagos: el presupuesto que exige la LCQ para abrir un concurso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Frente a eso, muchos empresarios eligen el \u201cyo puedo arreglar esto solo\u201d y viven del parche diario: venden mercader\u00eda a p\u00e9rdida, dejan de pagar cargas sociales o se financian en circuitos informales a tasas usurarias para calmar al acreedor que m\u00e1s presiona. Nada de eso resuelve el problema. Solo acelera la descapitalizaci\u00f3n y termina favoreciendo a unos pocos acreedores en perjuicio del resto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El concurso preventivo funciona como un bot\u00f3n de pausa legal. Desde su apertura se suspenden los juicios de contenido patrimonial contra la empresa y no pueden iniciarse nuevos por deudas anteriores, con las excepciones que la propia ley prev\u00e9. Y presentarse no significa entregar las llaves: la empresa conserva la administraci\u00f3n de su patrimonio, bajo la vigilancia de un s\u00edndico designado por el juzgado y solo los actos que exceden la administraci\u00f3n ordinaria requieren autorizaci\u00f3n judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La discusi\u00f3n con los acreedores deja de darse a fuerza de intimaciones y embargos y pasa a una mesa de negociaci\u00f3n colectiva con reglas claras. La empresa ofrece una propuesta de pago, que puede incluir quitas, esperas, ambas cosas u otras alternativas. Si obtiene las mayor\u00edas legales y el juez la homologa, el acuerdo obliga a todos los acreedores quirografarios de causa anterior, incluso a los que votaron en contra.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Dos caminos distintos: sanear o liquidar<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Uno de los errores m\u00e1s comunes es usar \u201cconcurso\u201d y \u201cquiebra\u201d como si fueran lo mismo. Los dos aparecen frente a una crisis patrimonial, pero buscan cosas opuestas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El concurso preventivo busca que la empresa salga del ahogo financiero y siga funcionando. La quiebra, en cambio, es un proceso liquidativo: ya no apunta a recuperar al deudor sino a vender sus bienes para repartir lo obtenido entre los acreedores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cambia tambi\u00e9n qui\u00e9n maneja la empresa. En el concurso no hay desapoderamiento, la administraci\u00f3n sigue en manos de sus due\u00f1os y directivos, que son quienes conocen el negocio. En la quiebra, el fallido queda desapoderado de pleno derecho de sus bienes y es el s\u00edndico quien pasa a administrarlos y disponer de ellos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Mientras dura el concurso, la empresa sigue con las persianas abiertas, produce, factura, vende y paga sueldos. En la quiebra la regla es el cese de la actividad, aunque la ley permite continuar la explotaci\u00f3n cuando cortarla causar\u00eda un da\u00f1o grave o destruir\u00eda valor, incluso a cargo de una cooperativa de sus propios trabajadores. La ley adem\u00e1s prefiere vender la empresa en marcha, como una unidad. En la pr\u00e1ctica, sin embargo, en la gran mayor\u00eda de los casos los bienes terminan rematados por separado y por una fracci\u00f3n de lo que val\u00edan juntos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La diferencia m\u00e1s sensible es la que toca a las personas. El concurso permite conservar los puestos de trabajo y lo que no figura en el balance: la clientela, la marca, la red de proveedores. Si termina con un acuerdo homologado, la empresa vuelve al circuito productivo. La quiebra suspende los contratos de trabajo por sesenta d\u00edas; si en ese plazo no se decide continuar la explotaci\u00f3n, quedan disueltos. Y para una sociedad, la declaraci\u00f3n de quiebra es causal de disoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>El factor decisivo: llegar a tiempo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si el concurso preventivo ofrece tanta protecci\u00f3n, \u00bfpor qu\u00e9 tantas empresas terminan en quiebra? Casi siempre la respuesta es la misma, llegaron tarde.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El error no est\u00e1 en concursarse, sino en hacerlo cuando ya no queda margen. El empresario que, por miedo al qu\u00e9 dir\u00e1n o por orgullo, se presenta cuando ya no tiene caja, con las cuentas embargadas y meses de sueldos adeudados, presenta un concurso que nace muerto. Sin un m\u00ednimo de capital de trabajo para sostener la operaci\u00f3n durante el proceso, no hay propuesta de pago cre\u00edble posible, y el concurso suele terminar en una quiebra indirecta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Demorar la decisi\u00f3n tambi\u00e9n tiene costos personales. Quienes con dolo agravan la insolvencia de la empresa pueden responder con su propio patrimonio. Y si, para sostener la situaci\u00f3n, se recurre a maniobras como ocultar bienes o simular deudas, el C\u00f3digo Penal tipifica la quiebra fraudulenta. Presentarse a tiempo, en cambio, es la mejor prueba de buena fe y de una gesti\u00f3n diligente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por eso, concursarse a tiempo no es una se\u00f1al de debilidad ni una derrota. Es una decisi\u00f3n de gesti\u00f3n madura: usar en el momento justo una herramienta que la ley pone a disposici\u00f3n para reordenar las deudas, cuidar los puestos de trabajo y permitir que una empresa que genera valor siga en pie.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Reflexiones sobre la crisis de solvencia y la preservaci\u00f3n de la empresa En las facultades se habla mucho de c\u00f3mo hacer crecer una empresa: escalabilidad, valuaci\u00f3n de activos, estructura de capital, estrategias comerciales. Se habla bastante menos de qu\u00e9 hacer cuando la empresa deja de poder pagar. La crisis patrimonial aparece en las aulas, si aparece, como un tema inc\u00f3modo, casi como algo que les pasa a otros. Afuera de la facultad pasa algo parecido. \u201cConcurso preventivo\u201d y \u201cquiebra\u201d son palabras que en el mercado se dicen en voz baja. En los medios y en las charlas entre empresarios, presentarse en concurso se lee como sin\u00f3nimo de fracaso o, peor, como una maniobra para no pagarles a los acreedores. Ese prejuicio tiene un costo concreto: por miedo a admitir que hay problemas, los directivos postergan las decisiones de fondo hasta que ya no queda nada que salvar. El derecho concursal no naci\u00f3 para castigar ni para liquidar compa\u00f1\u00edas. La Ley 24.522 de Concursos y Quiebras (LCQ) es, ante todo, una herramienta para ordenar la crisis, repartir sus costos entre los acreedores de manera pareja y preservar lo que tiene valor: la empresa y, sobre todo, las fuentes de trabajo que dependen de ella. Un freno de emergencia reglado por la ley Ninguna empresa est\u00e1 a salvo de los vaivenes de la econom\u00eda. Una recesi\u00f3n larga, un salto del tipo de cambio, la p\u00e9rdida de un cliente importante o un cambio de reglas pueden dejar sin aire a una empresa que, en lo comercial, funciona. Cuando esa falta de aire deja de ser un mal momento y se convierte en un estado general y permanente, en el que el patrimonio ya no alcanza para pagar regularmente las deudas a medida que vencen, hablamos de cesaci\u00f3n de pagos: el presupuesto que exige la LCQ para abrir un concurso. Frente a eso, muchos empresarios eligen el \u201cyo puedo arreglar esto solo\u201d y viven del parche diario: venden mercader\u00eda a p\u00e9rdida, dejan de pagar cargas sociales o se financian en circuitos informales a tasas usurarias para calmar al acreedor que m\u00e1s presiona. Nada de eso resuelve el problema. Solo acelera la descapitalizaci\u00f3n y termina favoreciendo a unos pocos acreedores en perjuicio del resto. El concurso preventivo funciona como un bot\u00f3n de pausa legal. Desde su apertura se suspenden los juicios de contenido patrimonial contra la empresa y no pueden iniciarse nuevos por deudas anteriores, con las excepciones que la propia ley prev\u00e9. Y presentarse no significa entregar las llaves: la empresa conserva la administraci\u00f3n de su patrimonio, bajo la vigilancia de un s\u00edndico designado por el juzgado y solo los actos que exceden la administraci\u00f3n ordinaria requieren autorizaci\u00f3n judicial. La discusi\u00f3n con los acreedores deja de darse a fuerza de intimaciones y embargos y pasa a una mesa de negociaci\u00f3n colectiva con reglas claras. La empresa ofrece una propuesta de pago, que puede incluir quitas, esperas, ambas cosas u otras alternativas. Si obtiene las mayor\u00edas legales y el juez la homologa, el acuerdo obliga a todos los acreedores quirografarios de causa anterior, incluso a los que votaron en contra. Dos caminos distintos: sanear o liquidar Uno de los errores m\u00e1s comunes es usar \u201cconcurso\u201d y \u201cquiebra\u201d como si fueran lo mismo. Los dos aparecen frente a una crisis patrimonial, pero buscan cosas opuestas. El concurso preventivo busca que la empresa salga del ahogo financiero y siga funcionando. La quiebra, en cambio, es un proceso liquidativo: ya no apunta a recuperar al deudor sino a vender sus bienes para repartir lo obtenido entre los acreedores. Cambia tambi\u00e9n qui\u00e9n maneja la empresa. En el concurso no hay desapoderamiento, la administraci\u00f3n sigue en manos de sus due\u00f1os y directivos, que son quienes conocen el negocio. En la quiebra, el fallido queda desapoderado de pleno derecho de sus bienes y es el s\u00edndico quien pasa a administrarlos y disponer de ellos. Mientras dura el concurso, la empresa sigue con las persianas abiertas, produce, factura, vende y paga sueldos. En la quiebra la regla es el cese de la actividad, aunque la ley permite continuar la explotaci\u00f3n cuando cortarla causar\u00eda un da\u00f1o grave o destruir\u00eda valor, incluso a cargo de una cooperativa de sus propios trabajadores. La ley adem\u00e1s prefiere vender la empresa en marcha, como una unidad. En la pr\u00e1ctica, sin embargo, en la gran mayor\u00eda de los casos los bienes terminan rematados por separado y por una fracci\u00f3n de lo que val\u00edan juntos. La diferencia m\u00e1s sensible es la que toca a las personas. El concurso permite conservar los puestos de trabajo y lo que no figura en el balance: la clientela, la marca, la red de proveedores. Si termina con un acuerdo homologado, la empresa vuelve al circuito productivo. La quiebra suspende los contratos de trabajo por sesenta d\u00edas; si en ese plazo no se decide continuar la explotaci\u00f3n, quedan disueltos. Y para una sociedad, la declaraci\u00f3n de quiebra es causal de disoluci\u00f3n. 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