{"id":1218,"date":"2026-09-28T14:40:52","date_gmt":"2026-09-28T14:40:52","guid":{"rendered":"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/?p=1218"},"modified":"2026-09-28T14:48:09","modified_gmt":"2026-09-28T14:48:09","slug":"prorroga-de-ganancias-mas-tiempo-para-presentar-pero-no-para-pagar-cp-celeste-andrea-ochoa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/index.php\/prorroga-de-ganancias-mas-tiempo-para-presentar-pero-no-para-pagar-cp-celeste-andrea-ochoa\/","title":{"rendered":"Pr\u00f3rroga de Ganancias: m\u00e1s tiempo para presentar, pero no para pagar.- CP Celeste Andrea Ochoa"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large is-resized\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"1024\" src=\"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Foto-Ochoa-Andrea-1024x1024.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-1219\" style=\"width:210px;height:auto\" srcset=\"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Foto-Ochoa-Andrea-1024x1024.png 1024w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Foto-Ochoa-Andrea-300x300.png 300w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Foto-Ochoa-Andrea-150x150.png 150w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Foto-Ochoa-Andrea-768x768.png 768w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Foto-Ochoa-Andrea.png 1254w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption class=\"wp-element-caption\">CP Celeste Ochoa<\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) volvi\u00f3 a modificar el calendario del Impuesto a las Ganancias correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025. A trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 5898\/2026, el organismo estableci\u00f3 que las personas humanas y sucesiones indivisas podr\u00e1n presentar sus declaraciones juradas hasta el 13 de octubre de 2026. La extensi\u00f3n tambi\u00e9n alcanza a quienes utilizan el r\u00e9gimen de declaraci\u00f3n jurada simplificada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A simple vista puede parecer apenas un cambio de fecha. Sin embargo, para los contribuyentes y para quienes trabajan en el asesoramiento impositivo, contar con algunos d\u00edas adicionales puede resultar significativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La liquidaci\u00f3n anual de Ganancias exige reunir y controlar una gran cantidad de informaci\u00f3n: ingresos obtenidos durante el a\u00f1o, deducciones, retenciones y percepciones, pagos a cuenta, bienes afectados a la actividad y otros datos que terminan incidiendo en la determinaci\u00f3n final del impuesto. Un plazo m\u00e1s amplio permite revisar la documentaci\u00f3n con mayor detenimiento, controlar papeles de trabajo y detectar posibles inconsistencias antes de realizar la presentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Qu\u00e9 cambia con la pr\u00f3rroga y qu\u00e9 obligaciones mantienen su vencimiento<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El punto central de la medida es que la extensi\u00f3n dispuesta por ARCA alcanza exclusivamente a la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada. No modifica el vencimiento establecido para el pago del saldo correspondiente a Ganancias 2025.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta diferencia es importante porque la palabra \u201cpr\u00f3rroga\u201d puede llevar a pensar que todas las obligaciones vinculadas con el impuesto se trasladan autom\u00e1ticamente. En este caso no ocurre as\u00ed. Presentar la declaraci\u00f3n jurada y pagar el saldo resultante son obligaciones distintas y cada una tiene su propio calendario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ese motivo, quienes todav\u00eda mantengan saldos pendientes deben analizar especialmente su situaci\u00f3n, ya que disponer de m\u00e1s tiempo para presentar la declaraci\u00f3n no elimina las consecuencias que puede generar un pago realizado fuera de t\u00e9rmino, como la aplicaci\u00f3n de los intereses correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La nueva fecha del 13 de octubre tampoco constituye la primera modificaci\u00f3n del cronograma durante 2026. A lo largo del a\u00f1o, ARCA fue disponiendo distintas extensiones con el objetivo de facilitar el cumplimiento y atender planteos realizados por entidades vinculadas con las ciencias econ\u00f3micas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para los estudios contables, estos cambios implican tambi\u00e9n reorganizar la tarea diaria. La preparaci\u00f3n de las declaraciones juradas anuales suele concentrar una importante carga de trabajo y depende, en muchos casos, de informaci\u00f3n proporcionada por los propios contribuyentes, por terceros y por los sistemas del organismo fiscal. Disponer de m\u00e1s tiempo facilita el proceso, pero tambi\u00e9n vuelve indispensable seguir de cerca la normativa para evitar trabajar con fechas que hayan quedado desactualizadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La pr\u00f3rroga alcanza espec\u00edficamente a personas humanas y sucesiones indivisas obligadas a presentar la declaraci\u00f3n jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025. Por lo tanto, no debe interpretarse como una extensi\u00f3n general aplicable a cualquier contribuyente, sociedad o empresa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cada responsable debe verificar su situaci\u00f3n particular, teniendo en cuenta el tipo de actividad que desarrolla, su condici\u00f3n frente al impuesto y las obligaciones que le corresponden.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La modificaci\u00f3n tampoco suspende los anticipos correspondientes al per\u00edodo fiscal 2026, que mantienen su propio cronograma. Incluso, cuando el sistema todav\u00eda no muestra el importe del anticipo porque la declaraci\u00f3n jurada 2025 no fue presentada, la normativa prev\u00e9 que el contribuyente pueda determinarlo sobre la base de sus propios papeles de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De esta manera, la nueva resoluci\u00f3n reorganiza una obligaci\u00f3n puntual, pero no altera el funcionamiento general del impuesto ni el resto de los vencimientos que debe controlar cada contribuyente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>M\u00e1s tiempo para revisar, ordenar y presentar correctamente<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">M\u00e1s all\u00e1 del alivio operativo que representa contar con un plazo adicional, la pr\u00f3rroga puede ser una buena oportunidad para realizar una \u00faltima revisi\u00f3n antes de presentar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre otros aspectos, resulta conveniente verificar que las retenciones y percepciones hayan sido correctamente computadas, controlar las deducciones informadas, revisar los pagos a cuenta y comprobar que los ingresos declarados sean consistentes con la documentaci\u00f3n respaldatoria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n es recomendable comparar la informaci\u00f3n propia con los datos disponibles en los sistemas de ARCA. Esta tarea permite detectar diferencias antes de confirmar una declaraci\u00f3n que luego puede requerir rectificaciones o generar observaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La declaraci\u00f3n jurada de Ganancias no deber\u00eda ser considerada \u00fanicamente como un tr\u00e1mite administrativo. Es el mecanismo mediante el cual el propio contribuyente determina su obligaci\u00f3n fiscal y, por lo tanto, la calidad de la informaci\u00f3n incorporada resulta fundamental.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una deducci\u00f3n que no fue considerada puede llevar a determinar un impuesto superior al que correspond\u00eda. Una retenci\u00f3n omitida puede modificar el saldo final y una inconsistencia entre los datos declarados y la informaci\u00f3n disponible para el organismo puede derivar posteriormente en controles o requerimientos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este contexto, el acompa\u00f1amiento profesional adquiere especial relevancia. El trabajo del profesional en ciencias econ\u00f3micas no se limita a completar una declaraci\u00f3n jurada: tambi\u00e9n implica interpretar las normas, analizar la situaci\u00f3n particular de cada contribuyente, controlar la documentaci\u00f3n y advertir sobre vencimientos y posibles consecuencias de un incumplimiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las sucesivas modificaciones del calendario tributario muestran, adem\u00e1s, la importancia de trabajar con informaci\u00f3n actualizada. Una fecha que era v\u00e1lida algunas semanas atr\u00e1s puede cambiar mediante una nueva resoluci\u00f3n, por lo que resulta indispensable verificar siempre las disposiciones vigentes antes de definir el cumplimiento de una obligaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En definitiva, en materia tributaria no alcanza solamente con conocer una fecha. Tambi\u00e9n es necesario comprender qu\u00e9 obligaci\u00f3n vence en esa fecha, a qui\u00e9n alcanza y cu\u00e1les son las consecuencias de no cumplirla correctamente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Fuente: ARCA \u2013 Resoluci\u00f3n General 5898\/2026 y calendario vigente del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) volvi\u00f3 a modificar el calendario del Impuesto a las Ganancias correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025. A trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 5898\/2026, el organismo estableci\u00f3 que las personas humanas y sucesiones indivisas podr\u00e1n presentar sus declaraciones juradas hasta el 13 de octubre de 2026. La extensi\u00f3n tambi\u00e9n alcanza a quienes utilizan el r\u00e9gimen de declaraci\u00f3n jurada simplificada. A simple vista puede parecer apenas un cambio de fecha. Sin embargo, para los contribuyentes y para quienes trabajan en el asesoramiento impositivo, contar con algunos d\u00edas adicionales puede resultar significativo. La liquidaci\u00f3n anual de Ganancias exige reunir y controlar una gran cantidad de informaci\u00f3n: ingresos obtenidos durante el a\u00f1o, deducciones, retenciones y percepciones, pagos a cuenta, bienes afectados a la actividad y otros datos que terminan incidiendo en la determinaci\u00f3n final del impuesto. Un plazo m\u00e1s amplio permite revisar la documentaci\u00f3n con mayor detenimiento, controlar papeles de trabajo y detectar posibles inconsistencias antes de realizar la presentaci\u00f3n. Qu\u00e9 cambia con la pr\u00f3rroga y qu\u00e9 obligaciones mantienen su vencimiento El punto central de la medida es que la extensi\u00f3n dispuesta por ARCA alcanza exclusivamente a la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada. No modifica el vencimiento establecido para el pago del saldo correspondiente a Ganancias 2025. Esta diferencia es importante porque la palabra \u201cpr\u00f3rroga\u201d puede llevar a pensar que todas las obligaciones vinculadas con el impuesto se trasladan autom\u00e1ticamente. En este caso no ocurre as\u00ed. Presentar la declaraci\u00f3n jurada y pagar el saldo resultante son obligaciones distintas y cada una tiene su propio calendario. Por ese motivo, quienes todav\u00eda mantengan saldos pendientes deben analizar especialmente su situaci\u00f3n, ya que disponer de m\u00e1s tiempo para presentar la declaraci\u00f3n no elimina las consecuencias que puede generar un pago realizado fuera de t\u00e9rmino, como la aplicaci\u00f3n de los intereses correspondientes. La nueva fecha del 13 de octubre tampoco constituye la primera modificaci\u00f3n del cronograma durante 2026. A lo largo del a\u00f1o, ARCA fue disponiendo distintas extensiones con el objetivo de facilitar el cumplimiento y atender planteos realizados por entidades vinculadas con las ciencias econ\u00f3micas. Para los estudios contables, estos cambios implican tambi\u00e9n reorganizar la tarea diaria. La preparaci\u00f3n de las declaraciones juradas anuales suele concentrar una importante carga de trabajo y depende, en muchos casos, de informaci\u00f3n proporcionada por los propios contribuyentes, por terceros y por los sistemas del organismo fiscal. Disponer de m\u00e1s tiempo facilita el proceso, pero tambi\u00e9n vuelve indispensable seguir de cerca la normativa para evitar trabajar con fechas que hayan quedado desactualizadas. La pr\u00f3rroga alcanza espec\u00edficamente a personas humanas y sucesiones indivisas obligadas a presentar la declaraci\u00f3n jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025. Por lo tanto, no debe interpretarse como una extensi\u00f3n general aplicable a cualquier contribuyente, sociedad o empresa. Cada responsable debe verificar su situaci\u00f3n particular, teniendo en cuenta el tipo de actividad que desarrolla, su condici\u00f3n frente al impuesto y las obligaciones que le corresponden. La modificaci\u00f3n tampoco suspende los anticipos correspondientes al per\u00edodo fiscal 2026, que mantienen su propio cronograma. Incluso, cuando el sistema todav\u00eda no muestra el importe del anticipo porque la declaraci\u00f3n jurada 2025 no fue presentada, la normativa prev\u00e9 que el contribuyente pueda determinarlo sobre la base de sus propios papeles de trabajo. De esta manera, la nueva resoluci\u00f3n reorganiza una obligaci\u00f3n puntual, pero no altera el funcionamiento general del impuesto ni el resto de los vencimientos que debe controlar cada contribuyente. M\u00e1s tiempo para revisar, ordenar y presentar correctamente M\u00e1s all\u00e1 del alivio operativo que representa contar con un plazo adicional, la pr\u00f3rroga puede ser una buena oportunidad para realizar una \u00faltima revisi\u00f3n antes de presentar. Entre otros aspectos, resulta conveniente verificar que las retenciones y percepciones hayan sido correctamente computadas, controlar las deducciones informadas, revisar los pagos a cuenta y comprobar que los ingresos declarados sean consistentes con la documentaci\u00f3n respaldatoria. Tambi\u00e9n es recomendable comparar la informaci\u00f3n propia con los datos disponibles en los sistemas de ARCA. Esta tarea permite detectar diferencias antes de confirmar una declaraci\u00f3n que luego puede requerir rectificaciones o generar observaciones. La declaraci\u00f3n jurada de Ganancias no deber\u00eda ser considerada \u00fanicamente como un tr\u00e1mite administrativo. Es el mecanismo mediante el cual el propio contribuyente determina su obligaci\u00f3n fiscal y, por lo tanto, la calidad de la informaci\u00f3n incorporada resulta fundamental. Una deducci\u00f3n que no fue considerada puede llevar a determinar un impuesto superior al que correspond\u00eda. Una retenci\u00f3n omitida puede modificar el saldo final y una inconsistencia entre los datos declarados y la informaci\u00f3n disponible para el organismo puede derivar posteriormente en controles o requerimientos. En este contexto, el acompa\u00f1amiento profesional adquiere especial relevancia. El trabajo del profesional en ciencias econ\u00f3micas no se limita a completar una declaraci\u00f3n jurada: tambi\u00e9n implica interpretar las normas, analizar la situaci\u00f3n particular de cada contribuyente, controlar la documentaci\u00f3n y advertir sobre vencimientos y posibles consecuencias de un incumplimiento. Las sucesivas modificaciones del calendario tributario muestran, adem\u00e1s, la importancia de trabajar con informaci\u00f3n actualizada. Una fecha que era v\u00e1lida algunas semanas atr\u00e1s puede cambiar mediante una nueva resoluci\u00f3n, por lo que resulta indispensable verificar siempre las disposiciones vigentes antes de definir el cumplimiento de una obligaci\u00f3n. En definitiva, en materia tributaria no alcanza solamente con conocer una fecha. Tambi\u00e9n es necesario comprender qu\u00e9 obligaci\u00f3n vence en esa fecha, a qui\u00e9n alcanza y cu\u00e1les son las consecuencias de no cumplirla correctamente. 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