{"id":1177,"date":"2026-09-21T15:09:10","date_gmt":"2026-09-21T15:09:10","guid":{"rendered":"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/?p=1177"},"modified":"2026-09-21T15:09:12","modified_gmt":"2026-09-21T15:09:12","slug":"cuando-el-ambiente-redefine-al-desarrollo-dra-ma-eugenia-perez-cubero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/index.php\/cuando-el-ambiente-redefine-al-desarrollo-dra-ma-eugenia-perez-cubero\/","title":{"rendered":"Cuando el ambiente redefine al desarrollo- Dra. Ma. Eugenia Perez Cubero"},"content":{"rendered":"\n<h1 class=\"wp-block-heading\"><strong>La transici\u00f3n ambiental como desaf\u00edo para las decisiones p\u00fablicas y privadas<\/strong><\/h1>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full is-resized\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"1024\" src=\"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/foto-perfil-1.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-1178\" style=\"width:182px;height:auto\" srcset=\"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/foto-perfil-1.png 1024w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/foto-perfil-1-300x300.png 300w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/foto-perfil-1-150x150.png 150w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/foto-perfil-1-768x768.png 768w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption class=\"wp-element-caption\"><strong>Dra. Ma. Eugenia Perez Cubero<\/strong><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El ambiente define y redefine al desarrollo cuando deja de ser una variable que se eval\u00faa al final de un proyecto y pasa a incidir, desde el inicio, en la toma de decisiones sobre energ\u00eda, infraestructura, producci\u00f3n, inversiones, agua y ordenamiento territorial (PNUD, 2020). En este cambio de perspectiva, el Derecho Ambiental ya no act\u00faa solo como un conjunto de exigencias jur\u00eddicas, l\u00edmites y obligaciones, sino que ofrece objetivos, principios e instrumentos para anticipar riesgos, orientar pol\u00edticas y construir proyectos viables, leg\u00edtimos y sostenibles. El verdadero desaf\u00edo actual consiste en traducir ese marco jur\u00eddico en decisiones p\u00fablicas y privadas capaces de producir resultados efectivos en los territorios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>El desaf\u00edo de pasar de la norma a la implementaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Am\u00e9rica Latina persiste una distancia significativa entre la densidad de los marcos jur\u00eddicos y la efectividad de sus resultados ambientales. En ese sentido, la implementaci\u00f3n no puede ser vista como una fase meramente administrativa de la pol\u00edtica, sino que requiere capacidades institucionales fortalecidas, coordinaci\u00f3n entre niveles de gobierno, generaci\u00f3n de informaci\u00f3n confiable, recursos, fiscalizaci\u00f3n y participaci\u00f3n ciudadana. Ello permite afirmar que una norma despliega plenamente sus efectos cuando logra incidir en los procesos concretos de producci\u00f3n, inversi\u00f3n y gesti\u00f3n p\u00fablica (CEPAL, 2018).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En buena medida, esta distancia se debe a que las obligaciones ambientales suelen incorporarse de manera fragmentaria y tard\u00eda, por ello el reto es integrarlas desde el comienzo al dise\u00f1o de pol\u00edticas, proyectos y modelos de negocio. As\u00ed, la cuesti\u00f3n ambiental se convierte en un criterio transversal para decidir, anticipar riesgos y asignar responsabilidades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Del cumplimiento formal a la transformaci\u00f3n estrat\u00e9gica: <em>Compliance ambiental y ESG<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el \u00e1mbito empresarial, el cumplimiento no puede reducirse a obtener autorizaciones, respetar l\u00edmites de emisi\u00f3n o evitar sanciones. Un programa de compliance ambiental debe identificar obligaciones jur\u00eddicas y traducirlas en pr\u00e1cticas empresariales de prevenci\u00f3n y gesti\u00f3n de riesgos, distribuir responsabilidades, incorporar la variable ambiental en la planificaci\u00f3n y establecer procedimientos de seguimiento y respuesta (ISO, 2021). Pasa de ser una reacci\u00f3n frente al incumplimiento para convertirse en una herramienta de prevenci\u00f3n, trazabilidad y gesti\u00f3n estrat\u00e9gica (Mu\u00f1oz Valderrama y Vizquerra Patroni, 2025).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como lo ha se\u00f1alado David M. Ong (2001), la evoluci\u00f3n del Derecho Ambiental plantea una cuesti\u00f3n que excede el marco regulatorio externo de las empresas y trata la necesidad de considerar la proyecci\u00f3n de los principios ambientales y los reg\u00edmenes de responsabilidad sobre las estructuras internas de gobierno corporativo. En ese marco, los criterios ambientales, sociales y de gobernanza \u2014ESG, por sus siglas en ingl\u00e9s\u2014 permiten traducir riesgos e impactos en informaci\u00f3n relevante para la estrategia, la inversi\u00f3n y la rendici\u00f3n de cuentas. No reemplazan al Derecho ni garantizan, por s\u00ed solos, un desempe\u00f1o sostenible: su aporte depende de datos verificables, responsabilidades internas claras y mecanismos de supervisi\u00f3n que eviten que la sostenibilidad quede reducida a una declaraci\u00f3n institucional (ISSB, 2023).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>La transici\u00f3n ambiental tambi\u00e9n es un aspecto organizacional<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La transici\u00f3n ambiental exige tambi\u00e9n revisar la arquitectura interna de las organizaciones. La existencia de un \u00e1rea t\u00e9cnica resulta insuficiente si las decisiones financieras, productivas o comerciales se adoptan sin evaluar sus efectos ambientales. Se requieren funciones coordinadas, responsabilidades definidas, recursos adecuados e indicadores que permitan monitorear el desempe\u00f1o y corregir desv\u00edos (R\u00edos J., 2022).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En consecuencia, la cuesti\u00f3n ambiental alcanza al gobierno corporativo. Los directorios y equipos directivos deben incorporar riesgos ambientales y criterios ESG en la estrategia, la asignaci\u00f3n de capital, la supervisi\u00f3n y la rendici\u00f3n de cuentas. La OCDE ha destacado la importancia de fortalecer estas pr\u00e1cticas en Am\u00e9rica Latina, no solo para responder a exigencias regulatorias, sino tambi\u00e9n para mejorar la calidad de las decisiones empresariales (OCDE, 2023).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>El desaf\u00edo que interpela al Estado<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La efectividad del Derecho Ambiental vista desde el sector p\u00fablico requiere instituciones capaces de coordinar transversalmente pol\u00edticas ambientales, productivas, energ\u00e9ticas, h\u00eddricas y territoriales. Esa coordinaci\u00f3n resulta indispensable para evitar regulaciones contradictorias, brindar previsibilidad y vincular las obligaciones privadas con objetivos p\u00fablicos de desarrollo sostenible.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este sentido, el Estado debe combinar est\u00e1ndares claros y estables con instrumentos de informaci\u00f3n, compras p\u00fablicas sostenibles, financiamiento, asistencia t\u00e9cnica e incentivos orientados a la inversi\u00f3n y la innovaci\u00f3n en triple impacto. El dise\u00f1o de estas herramientas debe atender a las condiciones de cada territorio \u2014su matriz productiva, disponibilidad de agua, infraestructura y capacidades institucionales\u2014 y contemplar las posibilidades de adaptaci\u00f3n de las peque\u00f1as y medianas empresas (OCDE et al., 2024).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Am\u00e9rica Latina, esta agenda posee adem\u00e1s una dimensi\u00f3n institucional espec\u00edfica. Los derechos de acceso a la informaci\u00f3n, participaci\u00f3n y justicia ambiental, fortalecidos por el Acuerdo de Escaz\u00fa, muestran que la calidad de las decisiones depende tambi\u00e9n de procedimientos transparentes e inclusivos. El desaf\u00edo regional consiste en traducir esos compromisos en capacidades estables y pr\u00e1cticas efectivas (CEPAL, 2024).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El marco com\u00fan de la transici\u00f3n exige, por lo tanto, responsabilidades diferenciadas pero complementarias. Al Estado le corresponde fijar reglas previsibles, coordinar pol\u00edticas e incentivar las transformaciones; a las empresas, incorporar esas se\u00f1ales en su gobierno, sus inversiones y sus sistemas de gesti\u00f3n. As\u00ed entendido, el Derecho Ambiental opera como infraestructura institucional para un desarrollo sostenible.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Una nueva cultura de decisi\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La transici\u00f3n ambiental requiere superar dos enfoques reduccionistas: considerar que el Derecho Ambiental se agota en permisos y sanciones, y entender que la sostenibilidad empresarial consiste \u00fanicamente en comunicar compromisos. La transformaci\u00f3n se vuelve efectiva cuando la dimensi\u00f3n ambiental interviene en decisiones centrales sobre proyectos, producci\u00f3n, inversi\u00f3n, riesgos, recursos y responsabilidades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El desaf\u00edo consiste, entonces, en incorporar principios, instrumentos y exigencias ambientales a la cultura de decisi\u00f3n de los Estados y de las organizaciones. En el \u00e1mbito privado, ello supone articular cumplimiento, criterios ESG y gobierno corporativo; en el p\u00fablico, desarrollar est\u00e1ndares, capacidades e incentivos que orienten la transici\u00f3n y generen previsibilidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando el ambiente redefine las condiciones del desarrollo, redefine tambi\u00e9n las de la responsabilidad. Convertir esa responsabilidad compartida en capacidades de anticipaci\u00f3n, gesti\u00f3n y decisi\u00f3n estrat\u00e9gica es condici\u00f3n necesaria para que la sostenibilidad deje de ser una aspiraci\u00f3n y se transforme en pr\u00e1cticas concretas y efectivas.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Imagen-representativa.-Art.-Rev-360-1024x683.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-1179\" srcset=\"https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Imagen-representativa.-Art.-Rev-360-1024x683.png 1024w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Imagen-representativa.-Art.-Rev-360-300x200.png 300w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Imagen-representativa.-Art.-Rev-360-768x512.png 768w, https:\/\/visiones360.fcejs.unsl.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Imagen-representativa.-Art.-Rev-360.png 1536w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La transici\u00f3n ambiental como desaf\u00edo para las decisiones p\u00fablicas y privadas El ambiente define y redefine al desarrollo cuando deja de ser una variable que se eval\u00faa al final de un proyecto y pasa a incidir, desde el inicio, en la toma de decisiones sobre energ\u00eda, infraestructura, producci\u00f3n, inversiones, agua y ordenamiento territorial (PNUD, 2020). En este cambio de perspectiva, el Derecho Ambiental ya no act\u00faa solo como un conjunto de exigencias jur\u00eddicas, l\u00edmites y obligaciones, sino que ofrece objetivos, principios e instrumentos para anticipar riesgos, orientar pol\u00edticas y construir proyectos viables, leg\u00edtimos y sostenibles. El verdadero desaf\u00edo actual consiste en traducir ese marco jur\u00eddico en decisiones p\u00fablicas y privadas capaces de producir resultados efectivos en los territorios. El desaf\u00edo de pasar de la norma a la implementaci\u00f3n En Am\u00e9rica Latina persiste una distancia significativa entre la densidad de los marcos jur\u00eddicos y la efectividad de sus resultados ambientales. 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La transici\u00f3n ambiental tambi\u00e9n es un aspecto organizacional La transici\u00f3n ambiental exige tambi\u00e9n revisar la arquitectura interna de las organizaciones. La existencia de un \u00e1rea t\u00e9cnica resulta insuficiente si las decisiones financieras, productivas o comerciales se adoptan sin evaluar sus efectos ambientales. Se requieren funciones coordinadas, responsabilidades definidas, recursos adecuados e indicadores que permitan monitorear el desempe\u00f1o y corregir desv\u00edos (R\u00edos J., 2022). En consecuencia, la cuesti\u00f3n ambiental alcanza al gobierno corporativo. Los directorios y equipos directivos deben incorporar riesgos ambientales y criterios ESG en la estrategia, la asignaci\u00f3n de capital, la supervisi\u00f3n y la rendici\u00f3n de cuentas. 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Al Estado le corresponde fijar reglas previsibles, coordinar pol\u00edticas e incentivar las transformaciones; a las empresas, incorporar esas se\u00f1ales en su gobierno, sus inversiones y sus sistemas de gesti\u00f3n. As\u00ed entendido, el Derecho Ambiental opera como infraestructura institucional para un desarrollo sostenible. Una nueva cultura de decisi\u00f3n La transici\u00f3n ambiental requiere superar dos enfoques reduccionistas: considerar que el Derecho Ambiental se agota en permisos y sanciones, y entender que la sostenibilidad empresarial consiste \u00fanicamente en comunicar compromisos. La transformaci\u00f3n se vuelve efectiva cuando la dimensi\u00f3n ambiental interviene en decisiones centrales sobre proyectos, producci\u00f3n, inversi\u00f3n, riesgos, recursos y responsabilidades. El desaf\u00edo consiste, entonces, en incorporar principios, instrumentos y exigencias ambientales a la cultura de decisi\u00f3n de los Estados y de las organizaciones. 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